NORMA Oficial Mexicana NOM-181-SCFI-2010,
Yogurt-Denominación, especificaciones fisicoquímicas y microbiológicas, información comercial y métodos
de prueba.
Al margen un sello con el
Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-181-SCFI-2010, YOGURT-DENOMINACION,
ESPECIFICACIONES FISICOQUIMICAS Y MICROBIOLOGICAS, INFORMACION COMERCIAL Y METODOS DE
PRUEBA.
CHRISTIAN
TUREGANO ROLDAN, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional
de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de
Comercio, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40
fracciones I y XII, 46, 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización y 19 fracciones I, XIV y XV del Reglamento Interior de esta
Secretaría, y
CONSIDERANDO
Que
es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean
necesarias para garantizar que los productos que se comercialicen en
territorio nacional contengan los requisitos necesarios con el fin de garantizar
los aspectos de seguridad e información comercial para lograr una efectiva
protección del consumidor;
Que
con fecha 4 de febrero de 2010, el Comité Consultivo Nacional de Normalización
de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio,
aprobó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana
PROY-NOM-181-SCFI-2010"Yogurt, yogurt, yoghurt, yoghurth o
yogurthDenominación, especificaciones fisicoquímicas y microbiológicas,
información comercial y métodos de prueba", la cual se realizó en el
Diario Oficial de la Federación el 17 de marzo de 2010, con objeto de que los
interesados presentaran sus comentarios;
Que
la manifestación de impacto regulatorio a que hace referencia el artículo 45 de
la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, fue sometida a la
consideración de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, emitiéndose el
dictamen total aprobatorio por parte de dicha Comisión el 19 de febrero de
2010;
Que
durante el plazo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de
publicación de dicho proyecto de norma oficial mexicana, la Manifestación
de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal
sobre Metrología y Normalización estuvo a disposición del público en general
para su consulta; y que dentro del mismo plazo, los interesados
presentaron comentarios, conforme a la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización, sobre el contenido del citado proyecto de norma oficial
mexicana, por lo que se realizaron las modificaciones conducentes al
proyecto de NOM;
Que
la manifestación de impacto regulatorio a que hace referencia el artículo 45 de
la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, fue sometida a la
consideración de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, emitiéndose el
dictamen final aprobatorio por parte de dicha Comisión el 19 de febrero de
2010;
Que
con fecha 10 de septiembre de 2010, el Comité Consultivo Nacional de
Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas
de Comercio, aprobó por unanimidad la norma oficial mexicana NOM-181-SCFI-2010,"YogurtDenominación,
especificaciones fisicoquímicas y microbiológicas, información comercial y
métodos de prueba";
Que
la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las normas
oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la
protección de los intereses del consumidor, expide la siguiente:
Norma
Oficial Mexicana NOM-181-SCFI-2010, "YogurtDenominación, especificaciones
fisicoquímicas y microbiológicas,información comercial y métodos de
prueba".
México,
D.F., a 27 de septiembre de 2010.- El Director General de Normas
y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad
al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, Christian
Turégano Roldán.- Rúbrica.